Durante la tarde de este martes se rechazó en el Senado el veto al proyecto que suspende el corte de los servicios básicos en el marco de la pandemia.
Recordemos que cuando se ingresa un veto presidencial a un proyecto, el punto de la ley que se veta —que en este caso es el límite al consumo del agua y la arista que afecta telecomunicaciones— queda sin regular.
Por ello, a continuación de la primera votación, la Sala insistió en los 5 puntos que fueron vetados por el gobierno, para intentar reponerlos y así despachar la iniciativa tal como el Senado la había impulsado y dejarla en manos de Piñera para su promulgación.
Por tanto, la Sala votó durante esta tarde la insistencia de dichas observaciones.
En concreto, una de las que más interesaba remover al Gobierno, el plan para telecomunicaciones, fue desestimado y finalmente La Moneda consiguió que quedara fuera de la ley.
Puntualmente, dicho punto no fructiferó ante la ausencia temporal del senador Jaime Quintana (PPD), quien señaló que no pudo emitir su voto por limitaciones en su conexión a internet.
Asimismo, también fracasó el artículo octavo, que era el corazón del proyecto, que buscaba prohibir que las empresas en futuros procesos tarifarios consideren esta ley para subirle la cuenta a los clientes.
Como sea, el Ejecutivo se anotó un triunfo legislativo luego de semanas de repetidas y duras derrotas en el Congreso a raíz del retiro del 10% de las AFP. El PPD facilitó el triunfo del gobierno que busca mayor beneficio para los empresarios.
Así las cosas, tras la revisión fue despachada la ley sin esos 2 puntos y ahora solo queda que sea firmada por Sebastián Piñera.
Así quedo la ley
Las empresas de agua, luz y gas por cañería no podrán cortar el suministro por mora a clientes residenciales, hospitales y centros de salud, cárceles y recintos penitenciarios, hogares de menores, bomberos, organizaciones sin fines de lucro, microempresas y otros. Las telecomunicaciones quedaron fuera.
Lo anterior, al menos en el periodo que establece la iniciativa: 30 días antes y 90 días después de publicada la Ley.
En concreto, los clientes que dejen de pagar sus cuentas de estos tres servicios básicos podrán saldar la deuda en los siguientes 12 meses sin multas ni mora.